REVISIÓN DE LA OCM DE LA CARNE DE VACUNO

 

Agenda 2000

Con el fin de ser lo más concisos en cuanto a las primas y ayudas que se encuentran encuadradas en la Agenda 2000, hemos confeccionado el cuadro y gráfico siguientes, en los cuales se expone la interrelacción de todas ellas.


 


 

 


Acuerdo del Consejo

Siguen vigentes las cuantías que se reflejan en el cuadro para el año 2002 y siguiente. A modo de aclaración del mencionado cuadro es interesante recordar la dualidad de aplicación de las primas por extensificación. Un Estado miembro podrá  otorgar una prima de 100 € como complemento a la prima especial y a la prima por vaca nodriza, siempre que la carga ganadera sea inferior a 1,4 UGM/ hectárea o bien subdividirla en dos tramos. Una de 80 € cuando se dé una carga ganadera inferior a 1,4 UGM /ha. , y otra de 40 € cuando este comprendida entre 1,4 y 1,8 UGM.

Siguen conservándose las asignaciones que para cada Estado miembro se dispusieron en el anexo IV del Reglamento nº1594/1999, y que para España eran:

 

                                   Años                                           Millones de €

11,0

22,1

2002 y siguiente                                   33,1

 

Desacoplamiento de las ayudas

Los Estado miembros podrán elegir entre tres opciones para establecer un pago parcialmente desacoplado de la producción, en realidad de las unidades productivas.

A/. - Mantener acoplada el 100 % de las primas a las vacas nodrizas, y hasta el 40 % de los limites máximos nacionales correspondientes a la prima por sacrificio. Esta parece que va a ser la opción por la que se decanta el Gobierno Español.

Los limites máximos nacionales para España, vienen dados por el número de animales sacrificados o exportados en el año de 1995. Atendiendo a las estadísticas de Eurostat, en dicho año se sacrificaron un total de 1.965.000 bóvidos para abasto y 25.000 terneros.

B/.- Acoplar el 100 % de la prima de sacrificio.

C/.- Acoplar el 75 % de la prima especial para vacuno machos.

 

Mediante el Reglamento (CE) Nº 1512/2001 del consejo, y con el fin de regular el mercado, se limitó el limite nacional  para  España, años 2002 y 2003, a 643.525 derechos a primas especiales. El Consejo ha acordado eliminar dicha restricción, volviendo a los 713.999 derechos otorgados a partir de enero de 2000.