PORCENTAJE DE NOVILLAS QUE DEBEN FORMAR PARTE DEL REBAÑO DE NODRIZAS

 

Hasta ahora el productor que solicitaba la prima de nodrizas debía mantener, durante al menos 6 meses,  un número de vacas nodrizas al menos igual al 80% del número total de primas solicitadas, y un número de novillas no superior al 20 % del citado número.

 

A partir de este momento, el productor deberá mantener durante el periodo de retención un número de vacas nodriza al menos igual al 60% del número total de animales por el que se solicita la prima y un número de novillas que no sea superior al 40% del citado número total de animales solicitados. En todo caso, para 2002 y 2003, el número de novillas que deberá mantener será como mínimo el 15% del número total de animales por el que se solicita la prima. Cuando el productor solicite la prima por un máximo de 13 vacas nodriza no tendrá obligación de mantener novilla alguna.

 

ANIMALES

TOTALES

NÚMERO DE NOVILLAS

NÚMERO DE

VACAS

MÁXIMO

MÍNIMO

1

0

0

1

2

1

0

Solicitados - novillas

3 – 4

1

0

Solicitados - novillas

5 – 6 – 7

2

0

Solicitados - novillas

8 – 9

3

0

Solicitados - novillas

10 – 11 – 12

4

0

Solicitados - novillas

13

5

0

Solicitados - novillas

14

5

1

Solicitados - novillas

15

6

2

Solicitados - novillas

16

6

2

Solicitados - novillas

17 o más

40%

15%

Solicitados - novillas

 

            Los porcentajes son sobre el número total de animales con derecho a prima.

 

            Cuando el resultado de aplicar el 15% mínimo de novillas sea un número no entero, el número total de novillas se redondeará a la unidad inferior si el resultado es inferior a 0,5.

 

            Cuando durante el periodo de retención alguna de las novillas solicitadas pase a ser vaca, el productor deberá sustituirla por otra novilla con el fin de garantizar los porcentajes establecidos.

 

            Se entiende por novilla el bovino hembra a partir de 8 meses de edad que no haya parido todavía.

 

Comentario:

 

Pensamos que esta medida resulta favorable en tres sentidos:

 

·         Es una medida que contribuye al  control de la oferta al reducir el número de vacas en edad productiva.

·         Se disminuye la carga ganadera, con el consiguiente beneficio para el medio ambiente.

·         Es un requisito fácil de cumplir en las zonas de montaña porque abunda la recría y  siempre se supera con creces un 15% de novillas en los rebaños de vacas de carne.

 

Ahora bien, hay que tener en cuenta que la renta del productor de vacas nodrizas proviene también del producto de la venta del ternero  y no sólo de la prima. Además no se pueden aplicar medidas de control de la oferta solamente sobre los rebaños de vacas nodrizas, que son precisamente los productores de carne de calidad y normalmente, en regiones donde hay pocas alternativas. Sólo se puede aceptar esta medida si, al mismo tiempo, se aplican medidas de reducción de la producción sobre los cebaderos, aplicando realmente el límite de carga ganadera, estableciendo máximos de primas de machos por activo agrario o sistemas de modulación de las penalizaciones, tal y como se describe más adelante.